Las investigaciones determinaron que la mujer que privó de la vida a su pareja sentimental, actuó en legítima defensa por lo que quedó en libertad al determinarse no ejercitar la acción penal, por el delito de homicidio en riña.

Derivado de las investigaciones de campo y científicas, se determinó que D.G.V.J., quien privara de la vida a su pareja sentimental, actuó en legítima defensa por lo que quedó en libertad al determinarse no ejercitar la acción penal, por el delito de homicidio en riña, asentado en la Carpeta de Investigación C.I-2-2020-327-FEDG, informó laFiscalía General del Estado de Campeche (FGECAM).

En este mismo espacio publicamos el pasado viernes 19 de junio del año en curso, que F. del J.C.P. y D.G.V.J., así como sus dos menores hijos se encontraban en su domicilio ubicado en la colonia Esperanza de esta ciudad, donde la pareja había estado ingiriendo cervezas; posteriormente, ella cuestionó a su pareja sentimental por un dinero que le faltaba, por lo que comenzaron a discutir, tornándose más violenta la situación.

El la golpeó en repetidas ocasiones, además de que la ofendía y amenazaba al igual que a la menor, a quien le decía «que no era su hija», por lo que ella temiendo por su integridad física y la de los niños, agarró un cuchillo, el cual clavó sobre la humanidad del antes citado, como un acto instintivo de defensa, al momento de írsele encima, perdiendo la vida.

De los hechos tomó conocimiento la Fiscalía Especializada en Delitos Graves, donde fue puesta a disposición D.G.V.J., quien presentaba lesiones y golpes en el cuerpo, llevándose a cabo las diligencias legales; es así, que a través de la investigación de campo en las que se recabaron indicios, levantamiento del cadáver, interrogatorios, certificado médico y resultado de la necropsia, se pudo corroborar que D.G.V.J., actuó bajo el supuesto de una causa que excluye el delito y la responsabilidad.