Sanciones de hasta 36 horas de arresto, así como penas de un año a dos años de prisión y multa de trescientos a quinientas Unidades de Medida y Actualización (UMA) se establecen en Ley para la Protección y Bienestar de los Animales del Estado de Campeche.
Los diputados de la 64 Legislatura del Estado de Campeche aprobaron por unanimidad dos iniciativas, la primera, para reformar diversas disposiciones de la Ley para la Protección y Bienestar de los Animales del Estado de Campeche, promovida por la diputada independiente Abigaíl Gutiérrez Morales.
La segunda, para reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones del Código Penal del Estado de Campeche, promovida por los diputados Hipsi Marisol Estrella Guillermo y Jesús Humberto Aguilar Díaz del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano, con el objeto de abonar a revertir el alto índice de maltrato animal en Campeche.
En Ley para la Protección y Bienestar de los Animales del Estado, se establecen las cinco libertades del animal, siendo estas: Libre de hambre, sed y desnutrición, miedos y angustias, de incomodidades físicas o térmicas, de dolor, lesiones o enfermedades, y para expresar las pautas propias de comportamiento.
Al igual, se incorporan dos nuevas sanciones para la persona que vulnere o afecte el bienestar de los animales, siendo estas, el arresto administrativo hasta por treinta y seis horas y; el decomiso de los animales, así como de los bienes, vehículos, utensilios, herramientas, cualquier equipo o instrumento directamente relacionado con la acción u omisión que origine la imposición de la sanción, debiendo considerar el destino y resguardo de los animales y bienes decomisados.
Asimismo, quien abandone a cualquier animal de tal manera que quede expuesto a riesgos que amenacen la integridad de otros animales o de personas, se le impondrá una pena de un año a dos años de prisión y multa de trescientos a quinientas Unidades de Medida y Actualización y; cuando el maltrato o crueldad en contra de cualquier animal sea cometido por una servidora o servidor público que derivado de su función tenga por encargo el cuidado de animales, será sancionado con inhabilitación o suspensión para ejercer un cargo o comisión por un tiempo igual a la pena de prisión.