SIC SAC
Por Elda Clemente Reyes
El período de las intercampañas está a punto de concluir y el ánimo en los electores comienza a disipar las dudas que al principio existían sobre los candidatos que no han perdido el tiempo para saludar y reunirse en privado con simpatizantes que les han demostrado de qué lado están sus preferencias y sus lealtades.
Tal y como lo señala la Ley Federal Electoral, será el próximo 29 de marzo, cuando concluyan oficialmente las intercampañas para dar paso a las campañas a cargos de elección federal mientras la local arranca hasta el 29 de abril, en las que veremos de todo y a todos los candidatos recorrer los barrios, colonias y municipios llevando propaganda, propuestas y estableciendo compromisos con los votantes.
Sin embargo, la sombra de la “ocurrencia” empieza a aparecer entre los “estrategas” de algún aspirante que ya empezó a lucir sus bardas con un slogan poco común y alusivo a la violencia, contrario a lo que otros candidatos promueven, en un acto de provocación al cual, no podemos prestarnos los campechanos ni ser comparsa de semejante locura que lo único que demuestra es falta de inteligencia y cordura hacia los ciudadanos que todos los días reclamamos por un proceso electoral sin sobresaltos donde jóvenes y adultos podamos participar libremente sin temor a ser agredidos en pleno goce de nuestros derechos.
Apología y maltrato animal
De qué otra forma se le puede llamar a las bardas pintadas por distintos puntos de la ciudad donde un animalito (gallo) que sin deberla ni temerla es pisoteado o degollado en un afán mediático que lo único que refleja es desesperación al enviar un mensaje subliminal que incita al maltrato animal tipificado en el 2015 como un delito, durante la pasada LXI Legislatura, mediante reformas al Código Penal para que toda persona que maltrate a un animal sea castigada con penas de tres meses hasta dos años de prisión y multas desde 50 hasta mil días de salario mínimo.
Otro ejemplo más claro, lo tenemos en el Código Penal Federal Artículo 209 Capítulo IV relativo a la provocación de un delito “Al que provoque públicamente a cometer un delito, o haga la apología de éste o de algún vicio, se le aplicarán prisión de tres días a seis meses y multa de cinco a cincuenta pesos, si el delito no se ejecutare. En caso contrario, se aplicará al provocador la sanción que corresponda por su participación en el delito concluido”.
“La apología del delito consiste en una alabanza pública de un hecho delictuoso declarado como tal (en un caso concreto y con sentencia) y tiene como finalidad de que sea cometido o adoptado por la comunidad; con lo que se está provocando o instigando, de manera indirecta, a la comisión de una conducta delictiva”.
Es cierto que, en la guerra, la política y en el amor todo se vale, pero lo que no se vale es utilizar este tipo de campañas negras para tratar de impactar al electorado que lo único que estamos percibiendo es una clara señal de violencia, intolerancia y una pésima estrategia.
Campeche sin impunidad: HR Rating
Campeche logró ubicarse a nivel nacional en los primeros lugares con el grado más bajo de impunidad, reveló el Índice Global de Impunidad México 2018 a través del reporte denominado “La Impunidad Subnacional en México y sus dimensiones IGI-MEX 2018”, el cual establece que la baja tasa de incidencia delictiva y la suficiencia de recursos humanos, dan como resultado por segundo año consecutivo que Campeche tenga uno de los más bajos índices.
Este dato es un referente de la efectiva labor que realiza la administración estatal que encabeza el gobernador Alejandro Moreno Cárdenas. Sin duda, este logro se suma a la lista de aciertos que siguen poniendo en alto el nombre de Campeche.
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