En la segunda sesión ordinaria, el Congreso del Estado aprobó con el voto unánime de los diputados, un dictamen relativo a una iniciativa para reformar el párrafo primero del artículo 68 del Código Civil del Estado de Campeche, para prever como plazo máximo de 60 días posteriores a la fecha del nacimiento para que los padres, o a falta de éstos los abuelos, acudan a declararlo ante el Oficial del Registro Civil, con la finalidad de proteger el derecho a la identidad de las niñas y niños, y asegurar así el efectivo cumplimiento de sus derechos.
En los considerandos del dictamen de la iniciativa promovida por la diputada Karla Guadalupe Toledo Zamora, se subraya que “debido a que los derechos humanos son interdependientes, la falta de registro de nacimiento genera una cadena de violaciones a muchos otros derechos, por ejemplo, expone a niñas y niños a situaciones como desigualdad, propicia su discriminación, restringe su derecho a la protección de la salud, su derecho a la educación, alimentación, programas sociales y al trámite de documentos oficiales, entre otros, pues los coloca en riesgo de ser víctimas de venta de personas menores, explotación, tráfico de órganos y sustracción o retención ilícitas».
De ahí la importancia –se puntualiza en el documento– de que toda niña o niño “deba ser registrado inmediatamente después de su nacimiento, pues esta acción le proporciona al recién nacido la capacidad jurídica, al suponer el reconocimiento inmediato por parte del Estado de la existencia del niño, y la formalización de su nacimiento ante la ley”.
Como parte del orden del día, durante la segunda sesión ordinaria se dio lectura a una iniciativa para adicionar un artículo 15 ter a la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche, promovida por los diputados Dora María Uc Euán y Oscar Eduardo Uc Dzul, que fue turnada a Comisiones.
ASUNTOS GENERALES
En asuntos generales hicieron uso de la voz en la tribuna parlamentaria los diputados María del Carmen Guadalupe Torres Arango, proponiendo una iniciativa para adicionar las fracciones XXXIII. XXXIV, XXXV, XXXVI y XXXVII al Artículo 11 de la Ley de Educación del Estado de Campeche.
María Sierra Damián, quien presentó una iniciativa de reformas y adiciones a los Artículos 432 y 436 del Código Civil del Estado de Campeche, en materia de patria potestad.
Álvar Eduardo Ortiz Azar, con una iniciativa de modificaciones a las fracciones IX, X, XI y XII del Artículo 28 de la Ley de Hacienda del Estado de Campeche.
Y Karla Guadalupe Toledo Zamora, agradeciendo el voto a favor del dictamen puesto a consideración del Pleno en esta sesión.