El IEEC determinó que los Partidos Acción Nacional y Movimiento Ciudadano, tendrán un plazo de 24 horas, contadas a partir de esta notificación para se realizar las modificaciones para cumplir con el principio de Paridad de Género.

* En un plazo de 24 horas, a partir de la notificación, los Partidos Políticos integrantes de la Coalición “Por Campeche al Frente”, deberán cumplir con las modificaciones. 

Los partidos Acción Nacional (PAN) y Movimiento Ciudadano (Moci), quienes integran la Coalición “Por Campeche al Frente”, fueron requeridos por el Instituto Electoral del Estado de Campeche (IEEC) a cumplir con el principio de Paridad de Género en cuanto al registro de sus candidaturas de Mayoría Relativa para el Proceso Electoral Estatal Ordinario 2017-2018.

Ante ello, el Consejo General del Organismo Público Local, llevó a cabo esta tarde la 9ª Sesión Extraordinaria, encabezada por la Consejera Presidenta, Mayra Fabiola Bojórquez González, en la que se aprobó el proyecto de acuerdo No. CG/39/18, por medio del cual se le requiere a la Coalición “Por Campeche al Frente” integrada por los Partidos Acción Nacional y Movimiento Ciudadano, para que cumplan con el principio de Paridad de Género, respecto a sus solicitudes de registro de candidaturas por el principio de Mayoría Relativa.

Con la aprobación del proyecto de acuerdo, se requiere a la Coalición “Por Campeche al Frente”, integrada por los Partidos Acción Nacional y Movimiento Ciudadano, para que en un plazo de 24 horas, contadas  a partir de la notificación correspondiente, se realicen las modificaciones para cumplir con dicho principio de Paridad de Género.

Cabe destacar, que en términos del artículo 277 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Campeche (LIPEEC) se deberán hacer las modificaciones y los Partidos Políticos, integrantes de la Coalición “Por Campeche al Frente”, tendrán que manifestarlo mediante oficio dirigido a la Presidencia del Consejo General del Organismo Público Local.

Los Partidos Políticos que integran dicha Coalición, deberán rectificar las solicitudes de registro de candidaturas de: Diputación Local por los Distritos Electorales 20 y 2; los integrantes de la planilla de la Junta Municipal de Hampolol; debiéndose además, ajustar el equilibrio paritario de la totalidad de sus candidaturas a los cargos de Diputaciones Locales y Juntas Municipales del Estado de Campeche, y de no cumplir con lo señalado, se le negará la solicitud de registro de candidaturas de que se trate.

Lo anterior, con fundamento en lo que establecen  para tal efecto, los artículos  siguientes: 385, 387, 389, 394, 395, 396, 400 y 401 de la LIPEEC, además del punto 44 de los Lineamientos para el Registro de Candidatos a cargos de elección popular para el Proceso Electoral Estatal Ordinario 2017-2018. (Información de prensa)